Autor: Edgar Araya Solano

  • La Temible Conciliación Fiscal

    Como habíamos comentado en otro artículo, vivimos en sociedades cada vez más globalizadas. Por esta razón, las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) se han convertido en la base angular para el reconocimiento de las transacciones económicas de las entidades en distintas partes del mundo.

    Sin embargo, las normas financieras no siempre caminan de la mano con las normas jurídicas que cada nación establece para la determinación y el cobro del impuesto sobre la renta. Mientras la contabilidad financiera busca reflejar la realidad económica bajo principios de presentación razonable, la normativa fiscal persigue fines recaudatorios, de control y de política pública, muchas veces bajo criterios distintos a los contables.

    Es precisamente en este punto donde aparece la temida conciliación fiscal, una herramienta técnica indispensable, pero frecuentemente olvidada o subestimada por muchos profesionales contables.

    La conciliación fiscal no es un simple requisito formal: es el puente entre dos mundos que hablan idiomas parecidos, pero no iguales. Por un lado, el resultado contable determinado bajo NIIF; por el otro, la renta imponible definida por la legislación tributaria. Entre ambos surgen diferencias temporarias y permanentes, partidas no deducibles, ingresos no gravables, límites fiscales y tratamientos especiales que deben ser identificados, analizados y documentados.

    Ignorar este proceso o tratarlo como un trámite de último momento puede generar riesgos importantes: errores en la determinación del impuesto, contingencias fiscales, ajustes en fiscalizaciones y, en el peor de los casos, sanciones.

    La conciliación fiscal, lejos de ser “un castigo”, es una manifestación natural de que contabilidad y tributación responden a lógicas distintas. Entender esa diferencia es parte del rol estratégico del contador moderno, que ya no solo registra hechos económicos, sino que interpreta marcos normativos múltiples y protege a la organización frente a riesgos fiscales.

    El punto de partida: el marco contable no es opcional

    Antes de entrar en el terreno de la conciliación fiscal, es indispensable aclarar algo que muchos todavía pasan por alto: en Costa Rica el uso de NIIF no es una recomendación académica, es una exigencia normativa.

    El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica estableció que las entidades deben preparar sus estados financieros bajo alguno de los marcos internacionales reconocidos:

    • NIIF Plenas, para entidades con responsabilidad pública significativa o estructuras más complejas.
    • NIIF para las PYMES, para entidades que no tienen obligación pública de rendición de cuentas y cumplen con la definición de pequeña o mediana entidad.

    Es decir, el punto de partida contable no lo define el gusto del contador ni la costumbre histórica de la entidad, sino un marco técnico internacional formalmente adoptado en el país.

    Aquí aparece la primera tensión importante:

    • La contabilidad financiera se construye bajo NIIF
    • El impuesto sobre la renta se determina bajo la Ley y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta

    Son dos sistemas normativos distintos, con objetivos distintos:

    Por tanto, desde el momento en que la legislación obliga a usar un determinado marco como base contable, pero la ley fiscal no adopta íntegramente ese marco, se crea un desfase estructural inevitable.

    Y es precisamente ese desfase el que da origen a la conciliación fiscal.

    El riesgo de una contabilidad inconsistente: la base no cierta

    Nuestros jueces han reiterado que:

    “Cuando la contabilidad del contribuyente no permite verificar la veracidad de los hechos económicos o no cumple con principios contables básicos (como razonabilidad y consistencia), se justifica que la Administración aplique una base no cierta para determinar la obligación tributaria.”

    En particular, se ha dicho que:

    • La aplicación incorrecta, parcial o inconstante de las NIIF puede generar inexactitud contable, lo que da pie a la base no cierta.
    • La falta de conciliación entre registros contables y bancarios, o entre contabilidad y declaraciones, da lugar a una presunción de inexactitud.

    Consecuencias de la base no cierta:

    • Se permite a la Administración utilizar métodos indirectos: proyecciones, márgenes de utilidad, comparaciones con terceros, etc.
    • Usualmente se acompaña de sanciones por inexactitud (art. 81 CNPT).
    • Es más difícil para el contribuyente defender su caso si no tiene documentación que respalde sus cifras.

     Recomendaciones:

    • Llevar contabilidad completa y ajustada a principios contables consistentes (preferiblemente NIIF o NIIF para PYMES).
    • Evitar tener declaraciones que no concuerden con la contabilidad.
    • Documentar adecuadamente todas las transacciones (contratos, facturas, medios de pago).
    • En caso de fiscalización, colaborar con la Administración y corregir de inmediato los errores.

    ¿Cómo funciona la conciliación fiscal en la práctica?

    Vamos a utilizar un ejemplo.

    Imagine un contrato de arrendamiento que bajo NIIF 16 se reconoce como derecho de uso y pasivo por arrendamiento. Contablemente, la entidad no reconoce simplemente un gasto de alquiler, sino:

    • Depreciación del activo por derecho de uso
    • Intereses sobre el pasivo

    Pero fiscalmente, la ley puede permitir únicamente la deducción del pago anual de alquiler.

    Escenario Base:

    • Activo arrendado: Equipo de producción
    • Plazo: 3 años — pagos anuales vencidos de USD 14.925
    • Tasa implícita / incremental: 7,50 %
    • Valor presente (VP) de los pagos: USD 39.983
    • Valor residual: USD 1.244

    Contablemente se reconocen gastos por depreciación e intereses; fiscalmente, solo el pago anual es deducible.

    Aquí vemos claramente una diferencia temporaria: el total es igual, pero el momento de reconocimiento difiere, lo que representa que no se pueda reconocer el gasto contable total como deducible porque incide en el importe a pagar del impuesto.

    Por lo tanto, la conciliación fiscal no nace por capricho ni por error contable. Nace porque la contabilidad financiera y la tributación responden a lógicas distintas: una busca representar la realidad económica; la otra, determinar la base sobre la cual el Estado ejerce su potestad tributaria por medio del poder de imperio.

    En este entorno, una conciliación fiscal bien elaborada no solo cumple un requisito, sino que reduce riesgos, fortalece la posición del contribuyente ante una fiscalización y aporta transparencia a la información financiera.

    Si su organización enfrenta diferencias entre la contabilidad y la normativa tributaria, requiere fortalecer sus procesos de conciliación fiscal o desea prevenir contingencias, es fundamental contar con acompañamiento técnico oportuno.

    Con gusto podemos asesorarle en la correcta aplicación de los marcos contables, la identificación de diferencias fiscales y la preparación de conciliaciones que brinden seguridad técnica y respaldo ante la Administración Tributaria.

  • NIIF para PYMES: evolución y actualidad

    Con el inicio del nuevo siglo, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) detectó la necesidad de contar con un marco contable más sencillo, accesible y proporcional para las pequeñas y medianas empresas (PYMES). Fruto de este esfuerzo, en 2009 se emitió la NIIF® para PYMES, un estándar compuesto por 35 secciones, diseñado bajo el principio de relevancia y costo-beneficio.

    Una norma en evolución

    La historia de esta norma refleja su carácter dinámico:

    • 2009: Nacimiento de la NIIF para PYMES.
    • 2015: Primera actualización, ajustada a las necesidades detectadas en su aplicación práctica.
    • 2025: Se emite la tercera edición, publicada a finales de febrero y aplicable a periodos que inicien a partir del 1 de enero de 2027, aunque con posibilidad de adopción anticipada.

    La experiencia en Costa Rica

    En nuestro país, la adopción de la NIIF para PYMES ha sido discreta, frente al predominio de las NIIF plenas. Sin embargo, su pertinencia es indiscutible: representa un marco que facilita la preparación y presentación de estados financieros más ajustados a la realidad de empresas con recursos limitados y estructuras más simples.

    Decisiones técnicas del IASB

    Aunque se esperaba que la nueva edición incorporara la NIIF 16 (arrendamientos) y el modelo de pérdidas esperadas de la NIIF 9 (instrumentos financieros), el IASB optó por no incluirlos. La decisión responde a un criterio de proporcionalidad: los costos de implementación superarían los beneficios esperados para entidades de menor tamaño.

    Un marco global para millones de empresas

    La NIIF para PYMES surgió como respuesta a la complejidad de las NIIF plenas y hoy se ha consolidado como un marco de referencia reconocido internacionalmente, utilizado por millones de pequeñas y medianas entidades alrededor del mundo.

    En Araya, Durán & Asociados creemos que la aplicación de estos lineamientos no solo fortalece las políticas contables, sino que también potencia la capacidad del personal para enfrentar los retos de un entorno normativo en constante evolución.

  • ¡Detengan la ejecución!

    TRIBU-CR y el indulto de último minuto

    En muchas películas de Hollywood hay una escena que se repite: el reloj avanza mientras un condenado a muerte es escoltado por un pasillo silencioso. Todo está dispuesto: la sala de ejecución espera, los testigos observan desde un cristal, el verdugo aguarda.
    Y justo cuando parece inevitable, entra un oficial con una carta en la mano:
    “¡Llegó una orden del gobernador! ¡Detengan la ejecución!”

    La noche del viernes 18 de julio de 2025, algo similar ocurrió en Costa Rica. El Ministerio de Hacienda tenía programado desactivar el sistema de consulta tributaria tradicional a las 23:45 para dar paso al nuevo sistema TRIBU-CR. Todo estaba listo.
    Pero, al cierre de la jornada, llegó la notificación de una medida cautelar provisionalísima dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo.
    Se ordenó suspender el apagón.

    Lo que se advirtió… y no se atendió

    Esta no fue una sorpresa absoluta. Desde semanas antes, la diputada independiente Johanna Obando había advertido en un espacio de control político en el Plenario que la eliminación abrupta del sistema tradicional afectaría a sectores que requieren consulta tributaria permanente, especialmente en negocios con el Estado.
    En paralelo, en un foro organizado por La Nación, la presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica (CCPA) reiteró el tema ante autoridades de la DGT.
    No eran advertencias vinculantes, pero sí representaban alertas tempranas que debieron haber activado una respuesta preventiva.
    El problema no es solo técnico; es institucional y operativo.

    No todos los contribuyentes son iguales
    Aunque la mayoría de contribuyentes no consultan su estado fiscal todos los días, existe un segmento clave de profesionales, personas físicas y jurídicas que dependen del acceso constante a su situación tributaria:

    • Proveedores del Estado (SICOP)
    • Notarios, contadores, auditores
    • Financieras y entidades que exigen constancias actualizadas
    • Ciudadanos en procesos legales o administrativos

    Eliminar el acceso sin ofrecer una alternativa inmediata no es solo un cambio tecnológico, sino una interrupción de derechos operativos básicos para estos actores.

    Una transformación digital… que aún camina lento

    Paradójicamente, la medida cautelar fue emitida a mitad de semana, pero la notificación oficial al Ministerio de Hacienda llegó hasta el viernes en la tarde, pocas horas antes del apagón previsto.
    Este hecho revela una falla estructural en la digitalización del Estado:
    ¿por qué una notificación tan crítica no pudo hacerse de forma automática y segura en tiempo real?
    La respuesta es simple: nuestra transformación digital aún no es transversal ni interoperable.
    Y este caso debería marcar un punto de inflexión: no podemos construir un sistema fiscal 100 % digital con instituciones que todavía se comunican en papel.


    Flashback nacional: el hackeo de Hacienda (2022)

    No es la primera vez que Costa Rica enfrenta la parálisis de su sistema tributario.
    En abril de 2022, el grupo Conti ejecutó un ciberataque al Ministerio de Hacienda que:

    • Inhabilitó el sistema ATV (Administración Tributaria Virtual)
    • Afectó la plataforma aduanera TICA
    • Bloqueó sistemas de consulta y validación de cumplimiento fiscal
    • Puso en jaque la recaudación y operación del Estado durante semanas

    En ese momento, no existían mecanismos alternativos robustos, lo que impidió que miles de contribuyentes pudieran demostrar su situación tributaria.
    Los efectos fueron reales: se paralizaron contrataciones públicas, trámites notariales y operaciones comerciales.

    Esta experiencia dejó una lección clara:
    los servicios fiscales esenciales deben garantizar continuidad, incluso en crisis.
    Por eso, suspender de forma abrupta una plataforma de consulta sin dejar una alternativa en línea contradice esa experiencia nacional reciente.


    Lecciones internacionales

    Desde AD&A, con apoyo de inteligencia artificial, analizamos casos similares en otros países:

    • Chile – Boleta electrónica (2020)
      • Ante reclamos del comercio pequeño, el Servicio de Impuestos Internos no suspendió el sistema, pero amplió plazos de implementación y mantuvo servicios mínimos de consulta activa.
    • México – RFC y CFDI 4.0 (2022)
      • El nuevo sistema de facturación electrónica generó caos. El SAT optó por una convivencia temporal entre el sistema antiguo y el nuevo, mientras se ajustaban los procesos. Los amparos judiciales no lograron suspender el sistema.
    • Colombia – Consulta del RUT (2019)
      • Una falla en la actualización del RUT dejó fuera de servicio el portal. Ante la presión, la DIAN habilitó una versión reducida de consulta mientras se restauraban los servicios principales.

    ¿Qué puede hacer Costa Rica?
    A partir de esos antecedentes, se abren al menos dos rutas realistas y compatibles con el contexto actual:

    • Implementación incremental: desplegar TRIBU-CR por módulos o grupos de usuarios, priorizando aquellos que no dependen de consulta continua.
    • Implementación en paralelo: mantener operativa la consulta tradicional únicamente para validación fiscal, mientras TRIBU-CR se adapta gradualmente.

    Cualquiera de estas opciones permitiría proteger derechos operativos, mitigar riesgos reputacionales y sostener la legitimidad de una reforma necesaria.


    Y ahora, ¿qué esperamos?

    A hoy, 23 de julio de 2025, estamos a la espera de la respuesta formal del Ministerio de Hacienda ante el Tribunal Contencioso Administrativo.
    Ese pronunciamiento definirá si se opta por una defensa jurídica del proyecto, una estrategia técnica adaptativa o una combinación de ambas.

    Lo cierto es que, más allá del fondo legal, esta experiencia nos recuerda que el éxito de una transformación digital no se mide solo en código ni en cronogramas.
    Se mide en la capacidad institucional para anticipar impactos, proteger derechos y garantizar continuidad mínima de los servicios esenciales.

    El reloj volvió a correr. Esta vez, no hacia una ejecución inminente, sino hacia una decisión de Estado que deberá reconciliar tecnología, legitimidad y realidad operativa.

  • La nueva declaración del IVA en Costa Rica: un salto hacia la fiscalización inteligente

    Costa Rica está dando un paso importante en su transformación digital tributaria con la implementación de TribuCR y la nueva versión 4.4 de facturación electrónica. Estos elementos marcan el inicio de una era de prellenado automatizado de declaraciones, validación cruzada de datos y fiscalización digital en tiempo casi real.

    Pero con cada avance tecnológico también llegan retos… y más que nunca se hace necesario el acompañamiento técnico de profesionales como nosotros, los contadores y asesores tributarios del país.

    ¿Qué está cambiando?

    A partir de la Resolución DGT-0027-2024, entran en juego:

    • La versión 4.4 del XML de facturación, más detallada y estructurada.
    • El Recibo Electrónico de Pago (REP), que permite declarar el IVA solo cuando se cobre (diferimiento del impuesto).
    • La obligación de emitir directamente la factura electrónica de compra por servicios o intangibles del exterior, así como por parte de sujetos locales omisos.
    • Nuevas validaciones cruzadas entre compras y ventas de todos los contribuyentes.
    • Primeros pasos hacia el prellenado automático del formulario D150 (antes D104), con datos provenientes del nuevo ecosistema electrónico.

    Esto prácticamente significa que ya no será Hacienda la que espera nuestra declaración… sino nosotros quienes debemos validar la que ellos propondrán.

    ¿Qué hacen otros países?

    Costa Rica no es pionera. Países como México, Brasil, Chile y España ya han avanzado en modelos similares, que incluyen:

    • Prellenado automático de declaraciones.
    • Validación cruzada en tiempo real.
    • Integración de contabilidad electrónica estructurada.
    • Uso de inteligencia artificial para detectar inconsistencias y disparadores de riesgo.

    El nuevo rol del profesional: asesor y defensor técnico

    En este nuevo entorno, nuestro rol cambia profundamente:

    • Pasamos de ser digitadores de declaraciones a validadores estratégicos.
    • Actuamos como escudo técnico del contribuyente ante fiscalizaciones digitales automáticas.
    • Nos convertimos en traductores entre el lenguaje del XML y la realidad económica del cliente.
    • Y sobre todo, garantizamos que la verdad tributaria no se pierda entre los algoritmos.

    ¿Qué podemos hacer desde la práctica?

    Desde nuestra firma hemos detectado la necesidad de realizar una Revisión Previa para Migración Tributaria, que permita a los profesionales, PYMES y empresas:

    • Detectar qué datos podrían quedar fuera de la migración.
    • Conciliar XML con declaraciones previas.
    • Validar saldos y clasificaciones.
    • Armar un “kit de respaldo” frente a la DGT.

    Porque no se trata solo de migrar datos. Se trata de preservar derechos, prevenir riesgos y construir confianza tributaria en tiempos digitales.

    La nueva declaración de IVA es solo el principio.

    Se avecina una era donde el dato electrónico será rey, pero el juicio profesional del contador seguirá siendo el guardián de la justicia fiscal. En este proceso, el contribuyente necesita más que nunca al contador consciente, estratégico y actualizado.

  • Un tributo azul: Celebrando el legado de MarViva en el Día de los Océanos

    Desde pequeño, la magia del océano me acompañó en cada etapa de la vida. Recuerdo con cariño un programa de dibujos animados donde Josefina, una ballenita mágica, compartía aventuras con Santi en la ciudad de Madrid. Tres décadas después, el mar se convirtió en parte fundamental de mi historia profesional, cuando tuve el privilegio de formar parte del equipo financiero de la Fundación MarViva.

    Hoy, aunque mi camino me ha llevado por nuevas rutas, quiero rendir homenaje a una organización extraordinaria que marcó mi vida. Durante once años, fui testigo del esfuerzo incansable de un grupo de profesionales comprometidos con la conservación marina en el Pacífico Tropical Oriental. Compañeros y compañeras con el pecho azul, luchadores en la defensa de los océanos, quienes me enseñaron que cuidar el mar es cuidar la vida misma.

    Los océanos, los pulmones del planeta, enfrentan constantes amenazas. La acción del ser humano ha dejado huellas profundas en la biodiversidad: contaminación por plásticos, el impacto del cambio climático y la sobreexplotación de especies vulnerables. Sin embargo, en medio de estos desafíos, existen organizaciones como MarViva que trabajan con recursos limitados pero con un espíritu indomable.

    El trabajo de MarViva va más allá de la conservación; es una lucha por el ordenamiento del espacio marino, por alternativas productivas sostenibles para las comunidades costeras, por la implementación de artes de pesca responsables y por la incidencia en políticas públicas basadas en evidencia científica.

    Hoy, en el Día de los Océanos, celebro dos noticias esperanzadoras:

    1. La exploración del Domo Térmico: Gracias a la tecnología y el apoyo de la academia y diversos donantes, una serie de robots submarinos han comenzado a recolectar datos fundamentales en aguas internacionales cercanas a Centroamérica. Este proyecto, liderado por MarViva, promete arrojar información valiosa para la conservación de los ecosistemas marinos.
    2. UNOC3 y el futuro del océano: La Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Océanos (UNOC3), celebrada en Niza y copresidida por los gobiernos de Francia y Costa Rica, concluye hoy con una mirada firme hacia el futuro. En este evento, la Plataforma Océano y Clima ha movilizado a la sociedad civil para amplificar su voz. MarViva ha estado presente con una delegación comprometida, contribuyendo al esfuerzo global para establecer estrategias que protejan la salud del océano y las comunidades que dependen de él.

    Si algo aprendí en MarViva es que la conservación marina es un llamado urgente, una responsabilidad compartida. Mi admiración y gratitud a quienes siguen en la batalla, porque su trabajo es una luz de esperanza en medio del oleaje. Hoy, con el corazón azul, celebro su esfuerzo y me uno a la causa: proteger el océano es proteger nuestro futuro.

    Edgar Araya Solano, CPA

    Socio de contabilidad

    edgar.araya@arayayduran.com

  • Dos nuevas hermanas: la NIIF 18 y la NIIF 19

    Dos nuevas hermanas: la NIIF 18 y la NIIF 19

    La contabilidad ha venido atravesando en los últimos años un proceso acelerado de transformación, impulsado por la necesidad de reflejar con fidelidad creciente una realidad cada vez más interconectada y tecnológica. Hoy las respuestas están a un clic —o incluso a una orden por voz— gracias a los modelos de inteligencia artificial. Y la normativa contable no se queda atrás.

    En esta línea de evolución, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) publicó recientemente dos nuevas normas dentro del conjunto completo de las NIIF:

    📘 NIIF 18: Presentación e Información a Revelar en los Estados Financieros

    📘 NIIF 19: Subsidiarias sin Obligación Pública de Rendir Cuentas: Información a Revelar

    🧓 Se jubila la NIC 1

    La histórica NIC 1, vigente desde finales del siglo pasado, dejará de aplicarse a partir del 1 de enero de 2027, cuando entre en vigor la nueva NIIF 18, emitida en abril de 2024.

    Esta norma introduce cambios sustanciales en la estructura de los estados financieros. Los más destacados son:

    ✅ El estado de resultado integral cambiará su presentación y se alineará con la lógica del estado de flujos de efectivo, incorporando tres categorías claramente diferenciadas: operación, inversión y financiación.

    ✅ Se establecen subtotales definidos y uniformes, permitiendo una mayor comparabilidad entre entidades.

    ✅ Las entidades que presenten medidas de rendimiento definidas por la gestión (MPM) deberán conciliarlas con los subtotales requeridos por la norma, explicando claramente su propósito y método de cálculo.

    🧾 ¿Y las filiales? Aquí entra en escena la NIIF 19

    Acompañando a la NIIF 18, el IASB emitió en mayo de 2024 la NIIF 19, una norma que permite a ciertas subsidiarias aplicar los principios de reconocimiento, medición y presentación de las NIIF completas, pero con requerimientos reducidos de información a revelar.

    Este enfoque está diseñado para aliviar la carga informativa de subsidiarias sin obligación pública de rendir cuentas, manteniendo a la vez la coherencia con las políticas contables de su casa matriz.

    📅 Entrada en vigor y recomendación estratégica

    Ambas normas entrarán en vigor de manera obligatoria a partir del 1 de enero de 2027, aunque se permite su adopción anticipada.

    👉 ¿Por qué empezar ya?

    El año 2025 es el momento ideal para iniciar la transición. Recordemos que, al ser la información financiera comparativa, los estados de 2027 deberán compararse con los de 2026, y estos a su vez con los de 2025. Por tanto, actuar desde ahora facilita una implementación ordenada y estratégica.

    Desde nuestra firma, estamos listos para acompañar a su organización en este proceso. Permítanos asesorarle: la implementación temprana puede marcar la diferencia en eficiencia, cumplimiento y calidad de la información financiera.

    Edgar Araya Solano, CPA

    Socio de Contabilidad

    edgar.araya@arayayduran.com